La importación de medicamentos para uso veterinario fue aprobada finalmente por el Ministerio de Agricultura de Cuba (MINAGRI) el pasado 9 de septiembre, debido a los evidentes problemas en la producción nacional de esa índole; pero este permiso no se aplica para vacunas para animales porque, según explicó la entidad reguladora cubana, «pueden ser vehículos para construir armas biológicas variadas y potentes».
En un comunicado oficial, el Ministerio aclaró que esta acción no fue autorizada porque pueden, en su composición, «contener cepas de microorganismos patógenos diferentes a los que circulan en nuestro país y porque el uso de agentes biológicos manipulados a voluntad por el hombre, puede ocasionar graves enfermedades a los animales e incluso aquellas consideradas zoonóticas que afectan a los seres humanos». Como ejemplo, aseguró que esta vía ha sido empleada en más de una ocasión por el Gobierno de Estados Unidos para llevar a cabo agresiones biológicas contra la isla.
La entidad añadió que gracias a la consignación de estos productos, la demanda de venta de vacunas para animales de compañía a la población será satisfecha. El proceso aún está «en fase de contratación por parte de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial LABIOFAM y GELMA del Ministerio de la Agricultura y la Empresa Quimimport de GECOMEX perteneciente al Ministerio de Comercio Exterior».
El jefe de Departamento de Epidemiología y Asistencia Veterinaria de la Dirección de Sanidad Animal del MINAGRI, Dr. Manuel Peláez Reyes, explicó que los antibióticos, antimicóticos, antiparasitarios y suplementos minero-vitamínicos pueden ser perfectamente importados al país en todas sus presentaciones, siempre y cuando «se adquieran en mercados seguros y confiables».
El MINAGRI se vio obligado a permitir la importación de estos medicamentos al reconocer que la industria farmacéutica nacional ya no tiene la capacidad de autosustentarse y suplir la demanda, por no «disponer de los equipos, piezas de repuesto y materias primas para producir los fármacos que demanda el Cuadro Básico de Medicamentos de Uso Veterinario».
Se reconoció abiertamente que la grave carencia de recursos y productos de uso en esta rama «constituye un serio problema para el mantenimiento del estado de salud y bienestar de los animales de producción y de compañía».
No obstante, y como ya es habitual, se justificó que esos problemas de corte nacional son consecuencia directa del embargo estadounidense contra la isla y de la pandemia de coronavirus (los que han sumergido al país en una crisis económica casi que sin precedentes).
La «importación no comercial» a Cuba de estos recursos fue autorizada mediante la publicación de la Resolución 430/2021 en la Gaceta Oficial No. 79 Extraordinaria, firmada por el ministro Ydael Jesús Pérez Brito, la que dicta una lista de artículos legalmente importables, como los «antibióticos, antimicóticos, antiparasitarios, suplementos minero vitamínicos, instrumental de uso veterinario y accesorios para animales de compañía, en sus envases originales, debidamente rotulados e identificados con el nombre comercial y genérico o denominación común internacional».
No fue autorizada la importación de «hemoderivados, vacunas veterinarias, antisueros, cepas de microorganismos, medios de cultivo, productos obtenidos por ingeniería genética y organismos modificados genéticamente, así como de otros productos biológicos, salvo cuando sean importados con fines científicos y cuenten con el correspondiente Permiso Zoosanitario de Importación, emitido por el Centro Nacional de Sanidad Animal».
En la lista de importación y exportación prohibida (mucho más larga que la de productos permitidos) también están las «drogas, estupefacientes, psicotrópicos, precursores y sustancias relacionadas; hormonas y promotores de crecimiento; equipos, dispositivos y materiales para el diagnóstico de laboratorio veterinario, salvo cuando cuenten con el Permiso Zoosanitario de Importación emitido por el Centro Nacional de Sanidad Animal; radioisótopos para uso de diagnóstico in vivo, radiofármacos y productos radioactivos utilizados para diagnóstico o con fines terapéuticos; y cualquier otro producto o material de uso veterinario, que pueda constituir un riesgo para la salud animal, humana y medio ambiental, según las disposiciones emitidas por el Centro Nacional de Sanidad Animal a tales efectos».
También se imposibilita la entrada o salida de «muestras de sangre; cepas de microorganismos; y medios de cultivos de cualquier naturaleza y en cualquiera de sus formas u otro material biológico de uso veterinario, salvo cuando sean exportados con fines científicos y cuenten con la autorización correspondiente del Centro Nacional de Sanidad Animal y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, según corresponda».


