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Cuentapropistas que vendan en dólares sus productos a empresas extranjeras solo podrán sacar pesos cubanos de sus cuentas bancarias

A pesar de la profunda crisis económica que se encuentra atravesando el país, con una marcada dolarización de la economía cubana y (paradójicamente) una seria escasez de divisas, el Gobierno cubano decidió publicar este miércoles la Resolución 157/2021 del Banco Central de Cuba (BCC), la que establece su facultad para controlar los cobros y los pagos de las entidades estatales o del sector privado que venden directamente en dólares estadounidenses (USD), además de las titulares de cuentas bancarias en la misma divisa.

Marta Sabina Wilson González, Ministra Presidente del BCC, explicó que esta regulación obliga a los trabajadores privados y a las empresas del Estado a realizar todas sus operaciones en pesos cubanos (CUP), además de la negativa para extraer las divisas extranjeras procedentes de sus transacciones comerciales de sus cuentas bancarias.

El portal oficialista Cubadebate publicó una nota donde la Ministra declaró que: «Vale aclarar que a partir del ordenamiento monetario que comenzó este año el Banco estableció que las transacciones que se ejecutaban en el territorio nacional en pesos convertibles o en moneda extranjera pasarían a realizarse en pesos cubanos, excepto los casos que expresamente se autorizaran».

Esta normativa, la que se volverá efectiva 15 días después de su publicación, estipula también que las entidades autorizadas para vender en USD están obligadas a registrar sus inventarios en CUP y a abonar los gastos de salario y servicios (electricidad, agua, transporte, etc) en CUP.

Estas entidades también deben cambiar las divisas procedentes de sus operaciones comerciales en el sistema bancario cubano para adquirir los CUP (bajo la tasa oficial de 24 CUP por 1 USD), y deben reportar la identidad de sus clientes tras realizar los pagos para comprobar la liquidez de las operaciones.

La regulación designa, en el caso del sector privado, que estos solo tienen permitido recibir monedas extranjeras procedentes de cuentas en MLC, de inversores extranjeros instaurados en la Zona del Mariel y de cuentas en CUP «con respaldo en CL» con los que mantienen relaciones comerciales, conforme a los procedimientos vigentes del Banco Central de Cuba respecto a la asignación y utilización de la liquidez en divisas.

Acerca de la realización de actividades de comercio exterior para el sector cuentapropista, como son definidas las de importación y exportación, el BCC instauró el pasado agosto el procedimiento para la apertura y operatoria de cuentas corrientes en MLC, las cuales solo podrán ser abiertas y gestionadas en casos de operaciones entre las entidades con la autorización para llevar a cabo actividades de comercio exterior y formas de gestión no estatal.

La inminente precariedad del Gobierno cubano en cuanto a divisas extranjeras, y sus estrategias desesperadas para recaudar, se hacen cada vez más palpables que hasta se cerró la única operación de canje de monedas nacionales por extranjeras en las Casas de Cambio (CADECA), la cual solo se efectuaba en los aeropuertos internacionales a la salida del país y a partir de este jueves quedó cancelada. Hasta el momento, solo permitían cambiar 290 dólares.

Para justificar, CADECA alegó como causas «la reducción considerable de la entrada del turismo internacional y en consecuencia un déficit significativo de la moneda libremente convertible (MLC)» debido a la pandemia del coronavirus.

Ante este panorama, los cubanos han recurrido a comprar dólares en el mercado informal, a precios que ya superan los 55 CUP, más del doble del canje oficial.


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