El Decreto-Ley 28/2021 fue publicado en la Gaceta Oficial No.24 Ordinaria del 5 de marzo, el que define y autoriza una nueva estructura burocrática: Consejo Técnico Asesor (CTA), la que tiene un carácter de implantación obligatorio en todo el aparato estatal nacional y que, aparentemente, dará paso oficial a la «botella» y demás marañas asociadas.
La norma indica que la estructura del CTA será ejecutada en todos los organismos de la Administración Central del Estado, lo que incluye tanto a direcciones empresariales y entidades nacionales como a órganos locales del Poder Popular, etc.
Los CTA serán conformados por consultores para los directivos, encargados de dar apoyo, consejo y un criterio responsable propio para que los administradores puedan ser más eficientes en sus gestiones.
Esta formalidad está destinada a eliminar los caudillismos y las decisiones unipersonales en el sector estatal cubano.
El decreto describe a los CTA como «órganos de consulta» responsables de emitir consejos y recomendaciones para la dirección de la empresa, con menos poder que el propio directivo, pero con gran influencia en la gestión de la entidad. Lo que más llama la atención es el derecho de los mismos dirigentes de designar los miembros de su consejo de asesoría, y estos no tienen por qué ser empleados en funciones de la institución.
Y es que todo lo anteriormente expuesto motiva la interrogante en muchos de si, en efecto, es posible que se llegue a oficializar la corrupción en el sector estatal, sobre todo mediante las tan conocidas «botellas», maniobras que permiten emplear a amigos o aliados, quienes cobran un salario o mínima recompensa por un trabajo escaso o nulo. Los CTA podrán convertirse en la justificación perfecta para que los cuadros políticos ofrezcan favores y generen sus propios círculos de confianza.
Sin embargo, mientras no se haya estipulado una normativa para la instauración de los CTA, no se conocerá con certeza si sus partícipes serán parte de la plantilla laboral o si su » labor» conllevará alguna variante de remuneración.
Los CTA no tomarán parte en la toma de decisiones, no supondrán poder real ni ejercerán presión. Su función será únicamente la de consejeros, intermediarios, lo que refuerza la arista eminente e insoportablemente burócrata del Estado cubano.
En el Decreto Ley 28/2021, específicamente en los artículos 6,7 y 8, se sugiere que los miembros del CTA tendrán un espacio físico en las entidades en las que se desempeñen y que dispondrán de los recursos materiales que se utilizan en toda oficina, lo que implicaría una contrariedad en la política de ahorro de recursos que el Estado se ha planteado como meta.


