Sanciones de entre 17 y 24 años de prisión fueron ordenadas por la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de La Habana, tras el juicio oral y publico en el que comparecieron los acusados de la causa numero cuatro del 2020, en la cual se le imputaron condenas por los delitos de sabotaje y otros actos contra la Seguridad del Estados.
Los acusados, identificados como Miguel Ángel Rodríguez Batista, Yoandris Ortiz Meriño, Raidel Sánchez Mayedo, Joaquín Camejo Corrales y Lázaro Yerson Ramos Salín, fueron encontrados culpables de los hechos relacionados con el supuesto descarrilamiento intencional del tren que cubre la ruta Mariel-Habana-Cárdenas, según una nota informativa de la anterior institución judicial.

De acuerdo al reporte de prensa publicado por el diario oficialista Granma esta mañana, las pruebas practicadas por el órgano judicial demostraron que «el inculpado Rodríguez Batista, por mediación de Yasser Izquierdo Hernández, contactó con Luis Mario Vela Reyes, ambos cubanos residentes en Estados Unidos, y que este último le prometió la suma de mil dólares norteamericanos para que descarrilara alguno de los trenes que circulan por la vía férrea que enlaza el Mariel, provincia de Artemisa, con la capital del país».
«A cambio, Miguel Ángel Rodríguez Batista debía entregar la grabación de sus acciones e informó sus pretensiones a los restantes acusados, quienes, conociendo que serían retribuidos económicamente, aceptaron participar, excepto Yoandris Ortiz Meriño, que, no obstante, no comunicó un hecho de tal gravedad a las autoridades correspondientes», añade el texto.

Los hechos ocurrieron el 25 de mayo de 2019, cuando pasadas las 10 de la noche, los cinco encartados se personaron en el kilómetro 14,750 de la línea férrea mencionada, y, mientras Ortiz Meriño observaba desde un lugar próximo, sus compinches en la fechoría desprendieron y separaron uno de los raíles, provocando que, algunas horas después, el tren de carga 1223, con la locomotora No. 312031, que se dirigía de la Terminal de Contenedores del Mariel hacia el municipio de Cárdenas, se descarrilara.
El Gobierno cubano asegura que este «sabotaje» provocó daños a la vía férrea y afectaciones por un monto total de 400 000 pesos en moneda nacional.
El tribunal del juicio consideró que los hechos anteriores integran los delitos de sabotaje, previsto en los Artículos 140.1 a) y 105 c) y ch) del Código Penal, y de otros actos contra la seguridad del Estado, regulado en el Artículo 128 de la propia norma legal.

Teniendo en cuenta la gravedad de los actos ilícitos cometidos por los procesados, sus características y condiciones personales, así como las restantes circunstancias concurrentes en los hechos, los jueces del caso aplicaron, por el delito de sabotaje, sanciones de entre 17 y 24 años de privación de libertad y, por el otro ilícito, al acusado Yoandris Ortiz Meriño, la pena de tres años de privación de libertad.
En todos los casos se impusieron las sanciones accesorias, consistentes en prohibición de los derechos públicos y las restricciones migratorias, referidas a la emisión de pasaportes y salida del territorio nacional.


