El precio del pasaporte cubano quedó fijado, por facultad del Ministerio de Justicia de Cuba (MINJUS), en 5.625 CUP (234 USD de acuerdo con la tasa cambiaria oficial de 1×24). Esta tarifa no se aplica para aquellos que realicen el trámite desde consulados en el extranjero ni para funcionarios en misiones diplomáticas (este arancel varía de acuerdo con las resoluciones dispuestas en el país).
La Resolución No. 48, emitida en la Gaceta Oficial el lunes 15 de febrero, dicta que este precio para el pasaporte cubano solo es aplicable a los nacionales que lo soliciten mediante las oficinas de Consultoría Jurídica Internacional en la isla.
A pesar de esta nueva legislación, las agencias de viajes en Estados Unidos y en Europa han declarado que sus tarifas vinculadas a servicios hacia Cuba continúan inalteradas.
Un funcionario del Consulado de Cuba en Barcelona (España) declaró al respecto que estas nuevas resoluciones no se enlazadas con el Arancel Consular.
Este tipo de arancel consta de una cuota por servicios consulares a pagar por parte de ciudadanos cubanos en el exterior, por lo que el responsable de dictar disposiciones que afecten a este es el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX).
Esto redunda en que las regulaciones que dicta el MINJUS no afecta al precio de la solicitud del pasaporte ni del importe de gestiones en consulados y embajadas.
Por lo tanto, este documento tramitado por vía directa en una misión diplomática mantiene sus tarifas, teniendo en cuenta país y zona horaria donde se lleve a cabo la operación.
El importe para la obtención del pasaporte en naciones europeas cuesta 180 euros, en Estados Unidos cuesta 350 USD y en el resto de los países, el equivalente a 200 USD en la divisa del país.
Por su parte, quienes pidan pasaporte mediante los servicios de una agencia, deberán también abonar el arancel consular, el servicio que estas oficinas disponen y que tienden a ser medios más ágiles para la adquisición del documento.
La misma dinámica que determina que el arancel consular establece el precio de dicho documento identitario en las oficinas diplomáticas cubanas, también fija gastos por concepto de solicitud de prórrogas y otros documentos legales.
Estas tarifas desentonan con las publicadas en la Resolución del MINJUS y son, al final, las que deben pagar los cubanos residentes en el extranjero que hagan uso de los servicios consulares. Los precios establecidos por el MINJUS se ajusta también al caso de cubanos en el extranjero; sin embargo, solo si el trámite se realiza en la isla, mediante la Consultoría Jurídica.
En este caso, el pago de documentación de los cubanos con residencia permanente en el exterior se orienta por el MINJUS y el MINREX.
Si, estando en la isla, un cubano en el exterior tuviera que solicitar un pasaporte debido a pérdida u otra razón, tendría que pagar 5625 CUP en Consultoría Jurídica. Si, en vez, se encuentra fuera del país y pide el pasaporte a través de su embajada, deberá seguir los aranceles consulares y abonar 180 euros en Europa, 200 USD en cualquier otro país o 350 USD en la embajada de Estados Unidos, sumando las tarifas de las oficinas mediante las cuales se hace el trámite.
Resumiendo: el coste del pasaporte y sus prórrogas se mantienen para los cubanos para aquellos cubanos que realicen el trámite fuera de la isla.


