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Aduana de Cuba modifica los aranceles del envío y recepción de paquetería internacional

La Aduana General de la República de Cuba anunció en la madrugada de hoy sus nuevos aranceles para el envío y recepción de paquetería internacional, ajustándolo a la entrada en vigor del proceso de ordenamiento monetario que entrará en vigor desde el próximo 1ro de enero de 2021.

De acuerdo a la Resolución 307 publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 75, se dispone que el aduedo del arancel aduanal se abonará en lo adelante en pesos cubanos, pero calculado sobre el valor de importación en dólares estadounidenses (USD).

 

En los envíos, el valor total de los productos contenidos en cada paquete no puede exceder de doscientos dólares estadounidenses (USD).

Las personas naturales que reciban en el territorio nacional envíos aéreos, marítimos, postales, y de mensajería sin carácter comercial, están exentas del pago del arancel de aduanas por los primeros treinta dólares estadounidenses (30.00 USD) o su equivalente, hasta uno y medio kilogramos (1.5 kg) del envío, en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República.

A las personas naturales que reciban artículos en exceso de los treinta dólares estadounidenses (30.00 USD), y hasta un valor de doscientos dólares estadounidenses (200.00 USD), se les aplica una tarifa del ciento por ciento (100%)

De igual forma, la Aduana advierte que podrán ser decomisado los envíos y los equipajes cuando la naturaleza y funciones de un artículo, la reiteración de las importaciones realizadas, o las cantidades de un mismo producto sean tales, que a juicio de la autoridad aduanera tengan carácter comercial.

Cuando la autoridad aduanera determine la existencia de importación reiterada de un artículo o miscelánea puede limitar temporalmente el derecho a importar, admitiendo solo los efectos personales del infractor, realizando el decomiso administrativo del resto de los productos, según lo legalmente establecido.

TABLA PARA DETERMINAR LA VALORACIÓN POR EL PESO Y LIQUIDACIÓN DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS, DE LOS ENVÍOS POR LAS VÍAS AÉREA, MARÍTIMA, POSTAL Y DE MENSAJERÍA, DESTINADOS A PERSONAS NATURALES.

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1 kg = 20.00 dólares estadounidenses

Exento hasta el valor de 30.00 dólares estadounidenses = 1,5 kgs


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