El Gobierno de Cuba aprobó el Decreto Ley 9/2020 sobre “Inocuidad Alimentaria” y su respectivo Reglamento, en los que queda definido qué es considerado en el país como “fraude alimentario” y sus correspondientes sanciones, las cuales oscilan entre los 500 y 1500 pesos cubanos.
Según quedó reflejado en la Gaceta Oficial número 76 publicada ayer viernes, se define como fraude alimentario al “empleo, de forma deliberada, de ingredientes, empaque, etiquetado y alimentos e información de estos, mediante sustitución, adición o representación, o hacer falsas alegaciones a nombre del producto para obtener ganancias económicas, ocasionar perjuicio de la salud del consumidor o dañar la economía del país”.
Estos fraudes alimentarios se dan en los siguientes casos:
1) Cuando se mezclan o diluyen líquidos u otros.
2) Cuando se reemplazan ingredientes o se incorporan unos de menor valor.
3) Cuando se colocan falsas alegaciones en el etiquetado del producto,
4) Cuando se adicionan sustancias no requeridas o aprobadas para mejorar o enmascarar su sabor, olor u otras cualidades.
5) Cuando se copian el nombre de una marca, de un producto o un proceso, ocasionando daño a la salud del consumidor y la economía del país.
El Reglamento establece que estos fraudes alimentarios se alertan tanto por personas naturales como jurídicas y que luego las «autoridades regulares son las encargadas de investigar y tomar las medidas necesarias para preservar la salud y evitar prácticas desleales en el comercio».
Las medidas que se podrán tomar van desde la imposición de multas hasta la retirada temporal o definitivas de licencias, pasando por la ocupación de muestras, la retención de productos y materias primas, el decomiso de productos y sus materias primas, la clausura de establecimientos y locales, y la paralización de la producción o la actividad. Serán los inspectores de las autoridades nacionales reguladoras, los facultados para imponer estas medidas.
Se consideran infracciones en “materia de inocuidad alimentaria” las que van desde no tener la licencia o no mostrarla en lugar visible, hasta alterar o falsificar la información o documentación del registro de un alimento o producto. Las multas en estos nueve incisos con supuestos de infracciones van desde los 500 hasta los 1.500 pesos cubanos.


