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8 años de prisión para cubano que agredió a un policía que le pidió que se pusiera el nasobuco

Una condena de 8 años de prisión, por los delitos de atentado, desobediencia y propagación de epidemias, recibió un cubano en la provincia de Villa Clara que agredió con un machete a un policía en la cola de una tienda, después que este le pusiese una multa de 3000 pesos cubanos al verlo sin nasobuco.

Según precisa el diario oficialista Vanguardia, el hecho ocurrió el pasado 31 de marzo en una cola para la tienda Panamericana ubicada en la cabecera municipal de Quemado de Güines.

Allí, el hombre, de 60 años de edad, fue requerido en varias ocasiones por un oficial de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) que se encontraba organizando la fila, pues aunque tenia el nasobuco no lo llevaba puesto, sino en el cuello.

«El acusado entró a la tienda y salió nuevamente sin la mascarilla, por lo que el policía volvió a llamarle la atención. Al rehusarse con actitud desafiante, el agente lo condujo a la unidad de la PNR, donde se le impuso una multa de 3000 pesos (moneda nacional), al amparo del artículo 8, apartado 3 del Código Penal», dijo el Fiscal en la vista oral de la Causa 7 de 2020 del Tribunal Municipal Popular de Quemado de Güines

Molesto con la medida, el hombre fue hasta su casa para buscar un machete con el que intentó agredir al mismo policía que horas antes lo había conducido hasta la estación, quien había regresado a organizar la cola en la misma tienda.

El agente logró detectar una silueta a sus espaldas, y por instinto se esquivó de inmediato cuando el hombre armado lo agredió, pero el agresor logró golpear con la parte plana del arma blanca a una oficial que se encontraba allí.

Durante el juicio oral, que la prensa reconoce fue de carácter sumario, declararon diez testigos, «quienes dieron elementos sobre el suceso ante las interrogantes de la fiscalía y la defensa», indica el citado medio.

El acusado no estuvo de acuerdo con la sentencia una vez pronunciado el fallo condenatorio públicamente, por lo que tendrá diez días hábiles para establecer un recurso de apelación ante la sala de los delitos contra la Seguridad del Estado en función de lo penal del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara.


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