La Fiscalía Provincial de Camagüey abrió esta semana 20 procesos penales en contra de ciudadanos cubanos a los que acusaron de delitos de «propagación de epidemia», ocho de ellos cubanos que llegaron a Cuba desde el extranjeros y se escaparon de los centros de aislamiento.
Jacqueline Ballester Aranda, fiscal jefa del Departamento de Procesos Penales de la Fiscalía Provincial de Camagüey, explicó que todos estos 20 cubanos han violado lo establecido por el Gobierno por lo que son penados por «conductas delictivas».
Cuatro de los procesados enfrentan cargos por «especulación y acaparamiento», luego de haber sido detenidos tras comprar grandes cantidades de «productos deficitarios», como alimentos y artículos de aseo, o cuales han provocado inmensas colas en todo el país en los mercados para adquirirlos.
«Un ciudadano recibió una sanción de seis meses de prisión por comprar 18 litros de cloro para luego comercializarlos a mayor precio», reveló Ballestero Aranda.
También se juzgaron a dos personas que tenían en su poder 650 libras de malanga y 175 de arroz, los cuales estaban siendo comercializados en puestos irregulares y con precios superiores a los que habitualmente poseen en el mercado.
«En días recientes, se produjo un robo con fuerza en una placita (punto de venta de productos agropecuarios) de la ciudad de Camagüey, cuyos autores sustrajeron 38 sacos de papa y las pesas de la unidad. Los implicados ya se encuentran detenidos y sujetos a investigación», indicó la Fiscal.
De igual forma, se están aplicando multas por desacato a las autoridades a todas las personas que ofendas o se opongan a colocarse el nasobuco en la vía publica.
«Uno de los acusados fue procesado por atentado contra un agente de orden publico pues tras indicarles que debía ser conducido a un centro de aislamiento agredió con botellas a un oficial de la Policía Nacional Revolucionaria», agregó la Fiscal.
El Código Penal cubano vigente impone sanciones que van desde tres meses hasta un año de privación de libertad por la modalidad básica del delito de propagación de epidemia; de tres a ocho años por robo; de tres meses a un año por desobediencia, actividad económica ilícita, especulación y acaparamiento.


